Declaran en emergencia sanitaria calidad del agua para consumo humano en Datem del Marañón

Con medida se incrementará vigilancia sanitaria de los sistemas de abastecimiento del agua para consumo humano

Personal de la Dirección General de Salud (Digesa) del Minsa toma muestras de agua en la zona afectada por el derrame de petróleo en el Oleoducto Norperuano, en la provincia del Datem del Marañón, región Loreto.

Personal de la Dirección General de Salud (Digesa) del Minsa toma muestras de agua en la zona afectada por el derrame de petróleo en el Oleoducto Norperuano, en la provincia del Datem del Marañón, región Loreto.

El Ministerio de Salud (Minsa) declaró en emergencia la calidad del agua para consumo humano por 90 días, tras el derrame ocurrido en el distrito de Barranca, provincia de Datem del Marañón, región Loreto.

Según el análisis realizado in situ por la Dirección General de Salud (Digesa) del Minsa –que sustenta la mencionada medida-, la quebrada afectada tras el incidente ambiental, constituye una fuente de agua para consumo humano y, por tanto, la salud y la vida de las personas que viven en la zona de afectación se encuentra en riesgo, situación considerada como “riesgo sanitario”.
La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, dispone también que el personal de salud incremente la frecuencia de la vigilancia sanitaria de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano en coordinación con la Dirección Regional de Salud de Loreto, en tanto dure la emergencia sanitaria. Tras los primeros reportes del incidente ambiental el Minsa envió personal a la zona.
La resolución directoral también señala que deben efectuarse acciones de asistencia técnica y logística para la implementación de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo de las personas intradomiciliario.
Asimismo indica que las autoridades responsables que participan en la gestión de la calidad del agua para consumo humano deben adoptar las acciones que correspondan en el marco de su competencia para mitigar los efectos producidos como consecuencia del derrame de petróleo en las zonas afectadas.
Mientras dure la medida sanitaria las autoridades provinciales y regionales deberán realizar las acciones necesarias para eliminar el riesgo sanitario generado por el derrame de petróleo ocurrido en el ámbito de la jurisdicción.
En tanto, la Dirección de Salud Ambiental, del Ministerio de Salud, debe presentar un plan de acción frente a la declaratoria de emergencia sanitaria en un plazo de 48 horas.
_______________________________________________
Fuente: ANDINA

Síguenos en Facebook

Artículos relacionados

Casos confirmados de COVID-19 en la Amazonía Peruana

https://www.caaap.org.pe/2020/COVID19/Agosto/Actualizacion-covid19--02-agosto.jpg

Ud. es el visitante N°

Facebook

Correo institucional CAAAP

Archivos

Pin It on Pinterest