Grupo de Trabajo ejecutará acciones para proteger población Nahua, en Ucayali

Se diagnosticó con altos niveles de mercurio

Foto: ANDINA

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El Ministerio de Cultura dispuso la creación del Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, que desarrollará actividades y acciones destinadas a proteger la integridad y vida de la población Nahua en la comunidad Santa Rosa de Serjali, distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, región de Ucayali, en contacto inicial de la Reserva territorial Kugapakori, Nahua, Nanti y otros, diagnosticados con altos niveles de mercurio.

 
Dicho Grupo de Trabajo estará integrado por un representante de la Dirección de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial del Ministerio de Cultura, quien lo presidirá; además de los ministerios de Salud, Ambiente y  Vivienda, Construcción y Saneamiento, precisa la Resolución Ministerial Nº 180-2016-MC, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
Asimismo lo conformarán el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) del Ministerio de la Producción, El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (Fondepes) del Ministerio de la Producción, Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) del Ministerio de Agricultura y Riego, Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA),  Autoridad Nacional del Agua (ANA), Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) y el Gobierno Regional de Ucayali.
Los miembros del Grupo de Trabajo –que ejercerán el cargo ad honórem– previo acuerdo y para el cumplimiento de sus fines, podrán solicitar la colaboración y/o asesoramiento de otras instituciones del Estado, gobiernos regionales y locales; organizaciones indígenas, sociedad civil y especialistas nacionales o internacionales.
Sus funciones son elaborar un Plan de Acción Intersectorial de atención a mediano y largo plazo, promover la coordinación articulada entre los sectores para la protección del derecho a la vida y la salud de la población indígena Nahua; e identificar y diseñar acciones y una agenda de trabajo para un eficaz desarrollo de actividades a corto y mediano plazo que tomen como base para la implementación de un Plan de Atención Intersectorial sobre la problemática del mercurio de la población Nahua de contacto inicial.
Igualmente, implementar acciones orientadas a asegurar la seguridad alimentaria de la población indígena nahua,debido a la necesidad de limitar el consumo de un tipo de pescado que representa un alimento básico en su dieta cotidiana, al ser a la fecha la fuente de exposición al mercurio identificada; realizar una investigación integral que proporcione resultados contundentes sobre las fuentes contaminantes de mercurio, que arroje conclusiones que encaminen las acciones necesarias para alejar a la población vulnerable las fuentes de exposición.
De igual modo, deberá implementar mejoras a las actuales condiciones sanitarias, contra las condiciones epidemiológicas en las que actualmente vive el pueblo nahua (hepatitis B, TBC, anemia, desnutrición) que permitan su desarrollo como pueblo, garantizando su derecho a la salud y a la vida; 
Elaborará y ejecutará un plan comunicacional con la población Nahua y a la opinión pública en general, respecto a la problemática diagnosticada (situación médica y estudios ambientales), así como sensibilizar a la población respecto a la ejecución de las actividades del Plan de atención que el Estado implementará a su favor, y emitir un informe final sobre los resultados alcanzados.
Cada miembro del referido Grupo de Trabajo contará con un representante titular y otro alterno que serán acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, en un plazo de dos días hábiles de publicada la presente Resolución en el Diario El Peruano.
El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo que no excederá de los 5 días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución y tendrá una vigencia de 6 meses contados a partir de la fecha de su instalación, para la presentación del informe final sobre los resultados alcanzados.
La norma lleva la rúbrica de la ministra de Cultura, Diana Alvarez-Calderón
Como se recuerda, mediante Resolución Directoral Nº 038-2016/ DIGESA/SA de fecha 14 de marzo de 2016 se declaró en emergencia sanitaria la calidad del agua para consumo humano, en la comunidad Santa Rosa de Serjali, por 90 días calendarios.
De igual modo, a través del Decreto Supremo Nº 017-2016-SA de fecha 7 de abril de 2016, se declaró en emergencia sanitaria también por 90 días, a la población indígena Nahua de Santa Rosa de Serjali, para brindarles atención médica y sanitaria con actividades de promoción, prevención, atención integral y especializada, a fin de reducir su vulnerabilidad.

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Fuente: ANDINA

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